El jueves 30 de Octubre de 2014, el Congreso aprobaba la reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual, con los únicos votos a favor del partido en el Gobierno, que entrará en vigor el 1 de Enero de 2015.
Las novedades más destacadas son la llamada Tasa Google y multas de hasta 600.000 € para páginas que enlacen a contenidos piratas.
PUNTOS IMPORTANTES DE LA NUEVA LEY:
La Tasa Google o Tasa AEDE (Asociación de Editores de Diarios Españoles), es un canon o tasa monetaria que se impone a los que agreguen un titular y un pequeño texto de noticias que se enlacen en el buscador Google o en Google News. Google News es un servicio web que hace un verdadero periódico digital constituido por titulares y pequeñas noticas agregadas o enlazadas.
Esta tasa, aunque en principio sólo afectará a Google News, pude afectar a otras webs agregadoras de noticias, lo que posiblemente supondría la negativa a pagar tal tasa y se marcharía de España. Cómo usuarios, nos afectaría en el tiempo de búsqueda, ya que sería más difícil conseguir información actual.
En cuanto a la descarga de películas o vídeos, o el visionado de los mismos de manera online, no es ilegal por parte del usuario, no se le pude aplicar ninguna multa o canon. Podemos seguir viendo y descargando películas pero nos será mucho más difícil, aún, encontrar webs y enlaces que nos lo permitan.
La ley, sólo perseguirá a las páginas web que difundan contenidos. En este caso, la ley española choca con la ley y anteriores sentencias de la Unión Europea.
Si como usuarios tenemos una página web o un blog, podemos enlazar y referenciar el contenido de terceros, el usuario no puede ser perseguido por ello. Sin embargo, como sucede ahora, si un usuario sube información íntegra de terceros y sin previa autorización, puede llegar a ser sancionado.
Las Universidades españolas deberá pagar una tasa por subir información, material académico para los alumnos, a sus aulas virtuales. Sin embargo, los autores de este material que manejan las Universidades, podrán decidir si cedérselo a la Universidad para el fin académico o cobrar el canon.
Por otro lado, la nueva ley permitirá utilizar a los centros educativos fragmentos de información, imágenes, pinturas, etc. de forma gratuita.
Si los medios de comunicación enlazan un titular y una fotografía o un pequeño texto de otro medio, podrán estar obligados a pagar una tasa.
CONCLUSIONES:
La reforma de la ley de Propiedad Intelectual, se ha aprobado en el Congreso sin consenso alguno, ni se ha preguntado a usuarios, medios de comunicación o autores qué medidas se podrían tomar o consensuar para que la ley pueda beneficiar a todos.
Algunas opiniones critican esta ley como beneficiaria para grandes multinacionales, para los intereses de los lobbies, ya que esta reforma de ley, en parte, se fundamenta en la teoría de que las grandes empresas manejan información susceptible de ser robada o copiada.
El cobro de una tasa a las Universidades, podría suponer un encarecimiento, aún mayor, de las tasas que tienen que pagar los estudiantes, por lo que podría privar a personas de acceder a este tipo de educación.
Por otro lado, es cierto que hay que proteger la propiedad intelectual y las ideas propias de un autor, pero con ello no podemos limitar la difusión de la información, la libre circulación de las ideas y la libertad de expresión. La democratización del acceso a la información, que trajo consigo Internet, se podría perder.
Por último, tenemos que ser conscientes de los movimientos sociales que han ocurrido y están ocurriendo en nuestro país y en gran parte de el mundo. Muchos de esos movimientos se han fraguado u organizado a través de Internet, a través del uso de la información. Esta ley pretende "cazar" a los llamados piratas, pero debemos preguntarnos qué es lo que se entiende por piratas y si lo que está en juego es la protección de nuestra propiedad intelectual o el derecho de acceso a la información y expresión.
BIBLIOGRAFÍA:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930&b=1&tn=1&p=20141105#preambulo
http://elpais.com/tag/ley_propiedad_intelectual/a/
http://www.huffingtonpost.es/2014/10/30/novedades-ley-propiedad-intelectual_n_6075332.html
http://www.elmundo.es/tecnologia/2014/10/29/5450b3caca4741943c8b4572.html
Hola te comento alguna de las paginas que han cerrado por culpa de la reforma,
ResponderEliminarSeries.ly
el portal de streaming más popular de España después de que, hace meses, Seriesyonkis eliminara sus series. Desde Series.ly, y ante el endurecimiento de la nueva LPI, han pegado un cambio de orientación a su página: ahora es una red social sin enlaces no autorizados
Desdeunlugarmejor comenzó siendo un referente para las descargas en España con el programa Pando. Cuando éste comenzó a dar problemas y establecer limitaciones a sus usuarios, dieron el salto a las descargas directas y así se han mantenido desde entonces. Para evitar problemas legales con la nueva LPI, han decidido echar el cierre.
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Siguiendo la estela de Series.ly, el tracker Elite Torrent ha tomado una decisión similar: eliminar todos los enlaces a archivos *.torrent de su página web. La página seguirá abierta reconvertida en portal de información de series y películas, al que añadirán nuevas funcionalidades próximamente.
papyrefb2
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